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Mediante el Decreto Supremo n.° 005-2026-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó el reglamento de la Ley 32449, que crea el Tratamiento Especial Tributario y Aduanero para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP).
La norma establece las reglas para la creación, autorización, operación, supervisión y sanción de estas zonas, con el objetivo de promover el desarrollo industrial, el empleo y la competitividad del país.
¿Qué son las ZEEP y a quiénes aplica?
Las ZEEP son espacios geográficos donde se desarrollan actividades productivas bajo un régimen especial. El reglamento aplica a entidades públicas, operadores privados y empresas usuarias que se instalen en estas zonas.
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) será el ente rector encargado de autorizar, supervisar y fiscalizar su funcionamiento. En tanto, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) regulará los aspectos tributarios y aduaneros, y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se encargará del control y la interoperabilidad.
Actividades permitidas y prohibidas
Dentro de las ZEEP se podrán realizar actividades industriales, de ensamblaje y servicios vinculados a la manufactura.
Sin embargo, quedan excluidas actividades como:
- Minería e hidrocarburos
- Fabricación o comercio de armas
- Generación de energía (salvo para autoconsumo)
- Venta directa al consumidor final
- Otras actividades específicas señaladas en el reglamento
¿Cómo se crea una ZEEP?
La creación de una ZEEP requiere:
- Presentar una solicitud con un Plan Maestro de Desarrollo
- Evaluación técnica por parte del Mincetur
- Aprobación final mediante una ley del Congreso
Este proceso busca asegurar que las zonas cumplan con estándares de viabilidad económica y sostenibilidad.
Operadores privados: requisitos y funciones
El operador privado (OP) será seleccionado mediante convocatoria pública y deberá cumplir condiciones como:
- Inversión mínima de 1500 UIT
- Solvencia económica
- No tener vinculación empresarial indebida
- Garantizar conectividad y sistemas interoperables
Entre sus funciones destacan administrar la zona, calificar a los usuarios, garantizar la seguridad, controlar ingresos y salidas, y coordinar con entidades como la Sunat y la VUCE.
Usuarios: inversión y condiciones
Las empresas que deseen operar en una ZEEP deberán:
- Ser personas jurídicas nuevas o nuevas sucursales
- Realizar una inversión mínima de 2000 UIT
- Establecer su domicilio fiscal en la zona
- Firmar un contrato con el operador
Contratos y control
Los contratos entre operadores y usuarios deberán incluir aspectos clave como:
- Compromisos de inversión y empleo
- Garantías
- Mecanismos de solución de controversias
- Cláusulas anticorrupción
Además, cualquier modificación o cesión requerirá autorización del Mincetur y verificación de la Sunat.
Supervisión, sanciones y transformación
El reglamento establece un sistema de sanciones que incluye:
- Infracciones leves, graves y muy graves
- Multas de hasta 50 UIT
- Cancelación de la autorización
Asimismo, se permite transformar Zonas Económicas Especiales públicas en privadas mediante procesos de inversión privada.
(lacamara.pe)









