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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó la Resolución SBS n.º 00704-2026, que introduce cambios en los límites de operaciones con dinero electrónico y cuentas básicas.
La medida busca uniformizar los montos permitidos en las transacciones digitales, promover el uso de herramientas financieras electrónicas y fortalecer la inclusión financiera en el país.
Límite por cada transacción
De acuerdo con la norma, las operaciones realizadas a través de cuentas de dinero electrónico simplificadas, como las utilizadas en billeteras digitales, tendrán un nuevo límite.
Cada transacción podrá realizarse hasta por un máximo de 0.6 veces la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Este cambio modifica el Reglamento de Operaciones con Dinero Electrónico, aprobado anteriormente mediante la Resolución SBS n.º 6283-2013.
Tope de saldo y movimientos mensuales
La resolución también establece nuevos límites para el saldo y el volumen de operaciones mensuales.
Los principales topes son:
- Saldo máximo por titular: hasta 1.9 UIT en cuentas del mismo emisor.
- Conversiones mensuales a dinero electrónico: no deberán superar 1.9 UIT.
- Total, de transacciones al mes: máximo 2.8 UIT, incluyendo pagos, transferencias y reconversiones.
Cambios también para cuentas básicas
La norma también modifica el Reglamento de Cuentas Básicas, aprobado mediante la Resolución SBS n.º 2891-2018.
Las cuentas básicas tendrán límites similares a los del dinero electrónico:
- 0.6 UIT como tope por operación.
- 1.9 UIT como saldo máximo por titular en una misma entidad.
- 2.8 UIT como límite de transacciones acumuladas al mes.
Impulso a la inclusión financiera
Según la SBS, estas modificaciones se enmarcan en la Ley n.º 32413, que permite el uso de billeteras digitales para el pago de remuneraciones y otras obligaciones laborales.
La entidad indicó que el objetivo es facilitar el acceso a servicios financieros digitales, reducir barreras para los usuarios y promover la inclusión financiera en el país.
(laacamara.pe)









