
El 2025 ha iniciado con pronunciamientos trascendentes en el ámbito laboral que fijan pautas importantes a observar en las relaciones individuales y colectivas de trabajo. La posibilidad de sancionar conductas personales (violencia familiar) producidas fuera del centro de trabajo y que transgredan los valores empresariales, la creciente intervención del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en las negociaciones colectivas del sector privado, y la eliminación de barreras burocráticas por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), son señales de un entorno laboral constantemente dinámico. Expliquemos los tres casos.
.Conductas socialmente inaceptables fuera del centro laboral: La Corte Suprema ha señalado que un trabajador podría ser válidamente despedido si incurre en una conducta socialmente inaceptable fuera de la jornada y lugar de trabajo (Casación Laboral 23624-2021-LIMA). Este no es un tema menor, ya que por muchos años ha existido una discusión si solo es sancionable lo estrictamente laboral. Este pronunciamiento concluye que no es así y refiere que hay graves conductas que, aun cuando puedan ser calificadas como personales (en el caso concreto, violencia familiar), pueden transgredir los valores de una organización por el impacto que tienen. Siguiendo el tenor de lo resuelto, es recomendable que la posibilidad de sanción en casos de esta naturaleza esté prevista en el Reglamento Interno de Trabajo y/o el Código de Conducta de la empresa. En suma, se trata de una decisión positiva por parte de la Corte Suprema que refuerza que hay conductas socialmente inaceptables de suma gravedad que podrían sustentar hasta un despido en ciertos casos.
.El MTPE vuelve a intervenir en negociaciones colectivas del sector privado. Lo hizo hace tres años en el caso de una conocida empresa de alimentos, pero este 2025 en apenas dos semanas intervino en tres negociaciones colectivas de empresas privadas y sindicatos a través de “autos directorales”. Una decisión controversial pues la intervención siempre debe ser excepcional siguiendo criterios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y, además, sustentada de forma suficiente. Antes que intervenir, sería bueno que el MTPE repotencie la conciliación ante la autoridad y evalúe si corresponde que el Ministerio dé un paso más e implemente mecanismos de mediación en este ámbito, como sucede en otros países. Un servicio de mediación neutral, con experticia acreditada en negociación colectiva, que sugiera fórmulas de acuerdo y no solo acerque a las partes, posiblemente contribuya a una mayor cantidad de acuerdos y evite más huelgas y arbitrajes potestativos.
.Se deja sin efecto una barrera burocrática que dificultaba reembolsos de subsidios por incapacidad temporal. El Indecopi, a través de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, ha dejado sin efecto la exigencia de EsSalud al empleador de canjear el certificado médico por un certificado de incapacidad temporal para el trabajo, en un plazo inexorable de 30 días hábiles. Este requisito ha sido considerado una “barrera burocrática ilegal”, pues se sustentaba en una directiva de EsSalud y no en una ley o reglamento, y dificultaba al empleador obtener los reembolsos por el subsidio por incapacidad temporal, en perjuicio de empleadores y trabajadores. Es una decisión acertada y que demuestra la relevancia que cada vez más tienen las decisiones del Indecopi en lo laboral, especialmente porque son pronunciamientos con efectos generales, en beneficio de todos y no solo de la parte que denunció la barrera. Si bien este criterio del Indecopi es plenamente exigible desde el 7 de febrero pasado, esperamos que EsSalud adopte formalmente las medidas correctivas al respecto, a través de una modificación de su Directiva o un pronunciamiento oficial.
Estas resoluciones del primer bimestre del año traen consigo oportunidades importantes: brindan herramientas a los empleadores para reforzar su cultura organizacional y proteger su reputación; demandan una mayor previsión de sindicatos y empleadores en la negociación colectiva; y confirman la posibilidad de que se siga impulsando ante Indecopi la revisión de regulaciones que afectan no sólo la operatividad empresarial sino también a los trabajadores. Es importante seguir atentos y considerar estos criterios en la planificación laboral.
(forbes.pe)